Todos los ciudadanos españoles tienen derecho a votar sin acudir al colegio electoral.El próximo 28 de mayo volverán a ver elecciones en la Comunitat Valenciana, en este caso la convocatoria es doble y busca renovar todos los ayuntamientos de la autonomía así como Les Corts Valencianes.
El voto seguirá el procedimiento habitual, por lo que también se ofrece la posibilidad a los ciudadanos con derecho a voto la posibilidad de votar de forma anticipada a través del voto con correo.
Plazos para el voto con correo
El voto por correo en España es un proceso efectivo, y muy seguro, pero con plazos y procedimientos muy marcados. La recepción de solicitudes se abrió el pasado 4 de abril pero tienes hasta el 18 de mayo para solicitar tu derecho al voto. No se aceptarán peticiones pasada esta fecha. Y piensa que tendrás que recibir las papeletas así que es mejor no apurar los plazos.
Una vez aceptada tu solicitud Correos ha de remitirte las papeletas y la documentación para ejercer tu derecho al voto. ¡Pon mucha atención a las instrucciones! Equivocarte en este procedimiento puede declarar tu sufragio como un voto nulo.
Una vez que hayas cumplimentado el proceso tienes hasta el 24 de mayo para entregar tu voto. Una vez más ten esto muy en cuenta porque no se aceptarán votos pasada esta fecha, aunque aún queden cuatro días para elecciones, y si has solicitado el voto por correo puedes tener problemas para acceder a las urnas aunque no hayas cumplimentado tu voto.
¿Y si estoy en el extranjero?
Si en los momentos de pedir el voto, y celebrarse las elecciones, estás en el extranjero el procedimiento es muy similar pero los plazos son más estrechos.
Tienes sólo hasta el 29 de abril para solicitar que vas a ejercer tu derecho al voto desde fuera de España.
El plazo de entrega de tu voto es también hasta el 24 de mayo pero con una modificación, no podrás entregarlo antes del día 8 de ese mismo mes.
Formas de pedir el voto por correo
Existen dos formas de pedir el voto por correo: de forma presencial o de forma telemática.
Tu solicitud presencial puede ser atendida en cualquier oficina de Correos. Puedes descargar antes en su web, o en la web de la Oficina del Censo Electoral, los impresos para solicitar el voto y así ahorrar tiempo.
Si estás en el extranjero este trámite se hará en las oficinas Consulares.
La solicitud telemática la puedes presentar a través de la web de Correos y te ahorrará aún más tiempo, pero eso sí, necesitarás un DNI Electrónico o un Certificado Digital para demostrar tu identidad. No te servirá tener sólo un numero Cl@ve.
Si estás en el extranjero este procedimiento se podrá hacer a través de la Web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (www.exteriores.gob.es)
¿Qué documentación necesito?
Como hemos dicho antes necesitarás un DNI Electrónico o un Certificado Digital válido si pides el voto por correo a través de la web.
Sin acudes a la oficina deberás presentar tu DNI, Carnet de Conducir o Pasaporte. Correos solo aceptará documentos originales, nunca fotocopias. Puedes llevar tu documento caducado siempre que sea original, pero ojo, los funcionarios no aceptarán si solo llevas el resguardo de que tienes el DNI en trámite por pérdida o robo.
Si estás en el extranjero has de añadir a tu trámite (tanto telemático como presencial) tu certificado de inscripción en el Registro de Matrícula del Consulado de ciudadanos no residentes. Afortunadamente este trámite lo puedes hacer en el mismo momento en el que vayas a pedir tu derecho al voto.
¿Cómo recibo las papeletas?
Correos te llevará las papeletas a tu domicilio censal entre el 8 y el 21 de mayo. La documentación sólo se entregará a la persona que ha solicitado el voto. Correos realizará dos intentos de entregarte la documentación, si no encuentra en casa en ninguno de los dos te dejará un aviso y tendrás que acudir a la oficina que se te indique.
¿Cómo envío mi voto?
Tendrás que acudir hasta tu oficina de correos para entregar tu voto y que se tramite como envío certificado y urgente, totalmente gratuito para ti. Si por incapacidad no puedes acudir físicamente a la oficina y has de mandar un representante a la oficina se te pedirá un certificado médico oficial donde se acredite esta situación.
Si votas desde el extranjero, todo es un poco más complicado porque no cuentas con el apoyo de Correos, pero en el Consulado te explicarán como enviar por certificado urgente tu voto a la oficina electoral.
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