Alfonso Rus, expresidente de la Diputación de Valencia .EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo
El Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia ha archivado provisionalmente la pieza separada G del denominado 'Caso Imelsa', referida al supuesto desvío de fondos desde Ciegsa, la empresa pública dedicada a la construcción de centros educativos.
La causa se seguía desde 2015 contra 16 investigados, entre ellos el expresidente de la Diputación de Valencia, Alfonso Rus, el ex secretario autonómico de Educación, Máximo Caturla y el exgerente de Imelsa, Marcos Benavent, de quienes se consideraba que pudieron haber recibido cobros de los constructores adjudicatarios de proyectos entre 2005 y 2006.
Tras analizar la petición de sobreseimiento realizada en abril por la Fiscalía, el instructor considera que de la investigación practicada no han quedado suficientemente acreditados indicios de delitos de cohecho, prevaricación o malversación en los sobrecostes de obras públicas de colegios por la empresa pública Ciegsa, según el auto facilitado este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
El juez afirma que las declaraciones de investigados y testigos "no permiten apreciar, de la manera mínimamente clara, individual y precisa, ni una significativa ausencia de justificación técnica de dichos sobrecostes, ni una delimitación precisa que vaya más allá de la especulación racional, acerca de cualquier concierto de voluntades en un ordenado aumento del gasto presupuestado como mecanismo delictivo, y medial, para otro resultado finalmente igualmente delictivo, como es el de cohecho".
El magistrado considera que el sobrecoste, "sin duda acreditado" en las obras, construidas con un decalaje temporal y diversidad de personas intervinientes en su ejecución, no puede constituir "por sí solo indicio relevante, en ausencia de otros", para seguir esta causa por delito de malversación.
En consecuencia, señala que debe procederse, como solicitó el Fiscal, al archivo de las actuaciones, que es provisional y no libre, como determinaría la única contemplación del delito de cohecho, según expone una resolución contra la que sabe recurso de reforma o de apelación.
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